- El especialista en Derecho Penal y académico de la UTalca, Francisco Maldonado Fuentes, indagó en la actual regulación y concluyó que hoy solo se sancionan una gran cantidad de delitos electorales relacionados a situaciones más bien anecdóticas y lo importante, como el financiamiento irregular, no está legislado de una manera adecuada.
Votar dos veces, no contabilizar bien los votos por parte de un vocal, colocarse ropa que presente una postura política o no dejar sufragar a una persona, son algunas de las acciones que hoy se sancionan penalmente en nuestro país.
Así lo confirmó, el especialista en Derecho Penal y académico de la Universidad de Talca, Francisco Maldonado Fuentes, quien indicó que, la mayoría de las infracciones cursadas son menores, respecto de ritos propios del acto electoral, y hay solo un porcentaje muy bajo donde los casos son considerados como delito y su comisión arriesga una pena.
“Existen unas 50 o 60 conductas de este tipo, que en el fondo son casi anecdóticas. No digo que se trate de actos que no tengan que ser punibles, pero detrás de este gran interés por penalizar todo, se encubre el hecho de que aquello que es realmente importante, termina en la impunidad”.
Un ejemplo de ello es el financiamiento irregular de la política, un tema que nunca deja de perder vigencia y que hoy solo tienen sanciones administrativas y no penales.
“En el caso chileno, no se entiende muy bien por qué, quien incurre en un acto de financiamiento ilícito de campaña, tiene una sanción administrativa, que, en la mayoría de los casos no acarrea más que una multa”, planteó el profesor de la UTalca, quien realizó este estudio como parte de un Proyecto Fondecyt.
De acuerdo con el experto, el origen de estas contradicciones radica en el hecho de que la mayoría de las regulaciones son aprobadas con amplias zonas grises en forma intencional, en una costumbre que es común a buena parte del mundo occidental.
“Según muchos de los autores más reconocidos en la materia, existe una especie de temor de la clase política a que las prácticas irregulares puedan llegar a afectar a la defensa y promoción de “las propias ideas”, por actos que se suelen calificar como “errores” o actuaciones “poco prudentes” desarrolladas por quienes incurran en irregularidades para favorecer una determinada orientación”, explicó Maldonado Fuentes.
El académico agregó que, este se trata de un fenómeno generalizado en diversas regulaciones, no solo la chilena, y que es cuestionado por los especialistas, que consideran que existen “ventanas que favorecen la impunidad”.
Fuente: Universidad de Talca