Santiago, 21 Octubre de 2016. Junto con hacer un llamado a la ciudadanía a participar este domingo del proceso eleccionario, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Ximena Rincón informó sobre el cierre de mall y centros comerciales que no podrán abrir y los permisos obligatorios de sufragio para aquellos trabajadores que laboren ese día, con motivo de la realización de las Elecciones Municipales.
“Insto a la ciudadanía a cumplir con este derecho ciudadano este domingo 23 de octubre. El voto es una oportunidad para hacernos escuchar y manifestar tu opinión”, señaló Rincón.
La secretaria de Estado sostuvo que el Código del Trabajo establece que será un día de descanso obligatorio para todos aquellos trabajadores que presten servicios de atención al público en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica propia.
En este caso explicó “hablamos de mall, strip center, supermercados si están dentro de uno de estos recintos, lo mismo en el caso de las farmacias, entre otros”.
Estos centros comerciales deben cerrar a más tardar a las 21 horas del sábado 22 de octubre y permanecer en esa condición hasta las 06:00 del lunes 24. Ambas situaciones, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación de turnos de trabajo.
Las sanciones establecidas en este caso son:
–no otorgar el descanso previsto: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores. Es una infracción gravísima.
–iniciar el descanso después de las 21 horas del día anterior: 10, 40 y 60 UTM bajo los mismos supuestos del párrafo anterior.
–no finalizar las labores realizadas en el día anterior a un día de descanso, a más tardar a las 00:00 horas (hoteles y otros): 10, 40 y 60 UTM bajos los mismos supuestos anteriores.
La ministra Rincón indicó, además, que en el caso de los trabajadores que deban laborar el día electoral, la ley les permite contar con el tiempo necesario para concurrir a sufragar, si desean hacerlo.
“Así, los trabajadores podrán ausentarse durante 2 horas, a fin de que puedan sufragar, sin descuento de sus remuneraciones”.
La sanción establecida es:
-No permitir ausentarse 2 horas para ejercer el derecho a sufragio: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 y 49 UTM, 50 y 199 y 200 o más trabajadores.
Fuente: Ministerio del Trabajo.