• La iniciativa, que fue ingresada por el Senado para iniciar su tramitación legislativa, establece el derecho a jornadas de trabajo híbridas, es decir, presenciales y telemáticas, para quienes realicen labores de cuidado de menores de doce años y personas con dependencia severa o moderada.
Punta Arenas, 18 de julio de 2023.- La seremi del Trabajo, Doris Sandoval Miranda, entregó las claves del proyecto de ley de conciliación de vida laboral, familiar y personal, presentado el día de ayer por las autoridades de los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de la Mujer y Equidad de Género, el cual está próximo a iniciar su trámite legislativo en el Congreso Nacional.
La secretaria regional explicó algunos puntos relevantes de la iniciativa, destacando el avance que representa en corresponsabilidad parental. “Estamos felices de poder anunciar el envío de este esperado proyecto de ley, cuyo objetivo es permitir la realización de trabajo remoto y trabajo híbrido para quienes, por distintos motivos de cuidado al interior de las familias, requieren esta modalidad de labores sin perder los derechos que tienen como trabajadoras/es en materia de seguridad laboral”, explicó.
En este sentido, el proyecto establece el derecho a jornadas de teletrabajo y trabajo en doble modalidad -presencial y telemática- con seguridad y salud laboral en los diferentes espacios en que se desarrollen las labores que, en la mayoría de los casos, ocurre en las casas. Con esta iniciativa, por tanto, ambas formas de trabajo tendrán una supervigilancia por parte de las instituciones fiscalizadoras, que implicará, entre otras cosas, cumplir con las jornadas legales de trabajo, respetar horarios de colación y descansos, proveer de insumos para el ejercicio de las labores, cobertura ante accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, etc.
Además, como seremi (s) de la Mujer y Equidad de Género, Sandoval destacó el diálogo tripartito que primó en la preparación de este proyecto de ley, en el cual se incorporaron todos los puntos de vista con enfoque de género. “Esta es una iniciativa que, sin duda, una vez aprobada, beneficiará a todas y todos los integrantes de las familias, pero particularmente, a las mujeres, quienes, en un porcentaje muy alto, son las que llevan a cabo las tareas de cuidados de menores y familiares”, sostuvo.
En el marco del incentivo de la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, el proyecto se suma a la ley que reduce de forma gradual la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales que, en el mismo sentido, contempla bandas horarias de ingreso diferido y días de feriado adicional compensados para utilizar libremente.
“Este es un paso más en el compromiso que tenemos, como gobierno del Presidente Gabriel Boric, en concretar nuestra agenda de trabajo decente y en el fomento a establecer condiciones equitativas para que las mujeres se mantengan y crezcan en número en el mercado laboral, en el marco de un Chile para Todas”, finalizó la autoridad.
Principales ejes del proyecto
• La iniciativa legislativa incorpora el derecho a jornadas híbridas para las/os trabajadoras/es que realicen labores no remuneradas de cuidado de niños o niñas menores de doce años; y de personas en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida.
• El proyecto establece las modalidades de acreditación de estas labores de cuidado. En el caso de niñas/os menores de doce años, se requiere hacerlo mediante certificado de nacimiento que acredite la filiación respecto de un niño o niña, o bien, la resolución judicial de un tribunal que otorga el cuidado personal. En el caso del cuidado de una persona con dependencia, se solicita el documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social que dé cuenta de la calidad de cuidador o cuidadora principal.
• El proyecto incorpora el derecho a jornada híbrida establecido para las y los trabajadores mencionados anteriormente, que permite que todo o parte de la jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones lo permita.
• Para ello, debe presentarse una propuesta de distribución al empleador y este tiene la obligación de atenderla, en plazo de 30 días.
• Durante las vacaciones escolares, los padres, madres o quienes tengan bajo el cuidado personal a un menor de 12 años, podrán solicitar preferentemente sus feriados legales o modificar sus turnos.
• El empleador debe identificar y evaluar las condiciones ambientales y ergonómicas del lugar en que se desarrollen las funciones, equipos, herramientas y materiales que se requieran, además de la evaluación de los riesgos psicosociales (como estrés laboral).
• Las combinaciones de jornadas, en ningún caso podrán tener disminución de salario de la persona trabajadora.
Fuente: Ministerio del Trabajo.