- El Servicio solicitó la información sobre los hechos, ocurridos este fin de semana, en un supermercado ubicado en Recoleta, donde una madre responsabiliza a un guardia de agredir a su hijo.
El SERNAC ofició al Supermercado Lider luego de que una madre denunciara, a través de las redes sociales y en el SENAME, que su hijo de 10 años fue agredido por el guardia de seguridad al confundirlo con un delincuente.
Esta acción del Servicio busca esclarecer cuál es la responsabilidad de la empresa en estos hechos y determinar posibles acciones judiciales
En este sentido, el Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, señaló que los consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por las empresas, ya sea por sexo, raza, condición social, edad, por poseer alguna discapacidad o por aspecto físico, entre otros aspectos.
En este aspecto, la autoridad recordó que la Ley establece que los sistemas de seguridad respeten la dignidad y los derechos de las personas.
La autoridad afirmó que en Chile no existen consumidores de primera y segunda categoría, y un cambio cultural en materia de consumo significa entender que todos tenemos los mismos derechos
Guardias de seguridad
El Director Nacional del SERNAC explicó que, en muchos casos, los tribunales de justicia han sancionado el actuar abusivo de los guardias de seguridad, puesto que no han respetado los derechos de los consumidores, acusándolos injustificadamente del robo.
En caso de que los guardias o personal de vigilancia sorprendan a una persona delinquiendo, sólo están facultados para ponerla a disposición de las autoridades competentes como Carabineros o Investigaciones.
Por lo tanto, los consumidores que injustamente son acusados de hechos ilícitos deben exigir la presencia de la autoridad a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió o no el delito.
Cuando un funcionario de una empresa da un mal trato a un consumidor, la empresa debe responder, ya que es su obligación dar un servicio de calidad y a su vez, dignidad.
Los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan cuando ven afectados sus derechos incluyendo el daño moral, es decir, la molestia, la humillación, el dolor que le causó la situación.
Fuente: SERNAC.